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Guía de trámites

Sucesión notarial en Colombia: requisitos y pasos

Cuándo se puede tramitar una sucesión ante notario, qué se necesita, cuáles son las etapas principales y cuándo se debe acudir a un juez.

Actualizado el 6 min de lectura

Cuando una persona fallece, sus bienes se reparten mediante un proceso de sucesión. En Colombia existe la opción de hacerla en una notaría (Decreto 902 de 1988 y normas que lo modificaron), que suele ser más rápida que el proceso judicial.

¿Cuándo procede la sucesión notarial?

  • Cuando todos los herederos, legatarios y el cónyuge o compañero permanente, si lo hay, están de acuerdo.
  • La solicitud se presenta por medio de abogado.
  • Si hay desacuerdo entre los interesados, la sucesión debe tramitarse ante un juez.

Documentos habituales

  • Registro civil de defunción del causante.
  • Registros civiles que prueben el parentesco de los herederos (y de matrimonio o prueba de la unión marital, si aplica).
  • Poderes otorgados al abogado.
  • Inventario y avalúo de bienes y deudas, con certificados de tradición y libertad de los inmuebles.
  • Testamento, si existe.

Etapas principales

  1. Radicación de la solicitud en la notaría del último domicilio del causante (o la que corresponda según la ley).
  2. Emplazamiento: se publica un edicto para que otras personas con derechos puedan presentarse.
  3. Comunicaciones a las entidades que exige la ley, como la DIAN.
  4. Trabajo de partición y firma de la escritura pública de liquidación.
  5. Registro de la escritura en la Oficina de Registro respecto de los inmuebles, y traspaso de los demás bienes.

Este contenido es informativo. Cada sucesión tiene particularidades (menores de edad, deudas, bienes en varias ciudades), por lo que es indispensable la asesoría de un abogado.

Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Los requisitos y tarifas pueden cambiar; confirme con la entidad correspondiente.